martes, 27 de diciembre de 2011

SE APRUEBA LEY QUE CRIMINALIZA EL MOVIMIENTO POR LA EDUCACIÓN

La habitual falta de información en los medios de prensa oficiales aumenta en la época de fiestas de fin de año y vacaciones, período que se utiliza para aprobar muchas leyes sin que nadie se dé cuenta hasta que sea demasiado tarde. Por ello queremos contribuir a informar acerca de este proyecto de ley que fue aprobado en estos días en la Comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara de Diputados, por siete votos a favor, cinco en contra y una abstención, y será votado en Cámara la primera semana de enero. Se trata de un proyecto que, con Hinzpeter a la cabeza, tendría por finalidad fortalecer el orden público tras lo vivido en el movimiento estudiantil, pero que en realidad contiene una serie de aspectos que resultan riesgosos para los derechos de los ciudadanos en términos de su posibilidad de protestar por aquello que no les parece correcto.

Entre los aspectos más complejos de la ley, se encuentra la modificación al artículo 269 del Código Penal, con el fin de establecer ciertas ‘precisiones’ a lo que la libertad de reunión y expresión significa. Lo que se agrega aquí es la condena penal, de 541 días hasta 3 años, para las personas que inciten al “desorden”, palabra peligrosamente ambigua en el documento, que interrumpan servicios públicos como el de transporte, que invadan u ocupen establecimientos educacionales privados, fiscales o municipales. Eso en lo que concierne a la educación, ya que hay implicaciones aquí para cualquier tipo de protesta. De estar vigente esta ley al momento de producirse el último movimiento estudiantil, estaríamos todos presos; cada una de las cientos de miles  de personas que se manifestaron en la calle podría estar en la cárcel por interrumpir el tránsito para marchar.

Junto con lo anterior, hay un aumento a la protección de las fuerzas de orden público, como si ya no estuvieran bastante blindadas en Chile. Las agresiones hacia ellos son penalizadas, lo que haría sentido solamente si al mismo tiempo se regularan los potenciales excesos de la autoridad, como el asesinato del adolescente Manuel Gutiérrez durante las protestas, caso que fue finalmente traspasado a la justicia militar, contexto en que el carabinero responsable del delito recibió la libertad bajo fianza en noviembre pasado.

Además, se entrega a las fuerzas de orden y seguridad la atribución de “solicitar la entrega voluntaria de grabaciones, filmaciones u otros medios electrónicos que puedan servir para acreditar la existencia de delitos o la participación en los mismos, sin orden previa del fiscal” (p. 11). Qué tan voluntaria sería la entrega de evidencia en un contexto de tan baja protección a la ciudadanía, queda inmediatamente en cuestión. Eso sin mencionar el riesgo de desinformación frente a potenciales abusos policiales.

Y claro, el proyecto intenta protegerse de críticas al indicar que las personas sí pueden reunirse libremente, señalando que “Las manifestaciones públicas, expresión cotidiana del ejercicio de este derecho democrático, deben poder realizarse sin coacción alguna, permitiendo la expresión de los ciudadanos” (p. 8). Sin embargo, la amplitud de la noción de “desorden” contradice esta declaración. Para ilustrarlo en términos concretos, usted puede ir preso si: convoca, promueve o incita a asistir a un evento que termine en desorden público, o sea, ni se nos ocurra convocar ni promover marchas por Facebook o twitter o blogs como este; si marcha interrumpiendo el tránsito; si se toma un establecimiento; si se toma su lugar de trabajo siendo este una oficina, o un establecimiento comercial o industrial; si se defiende de un policía que lo golpea; si usa una máscara en una marcha (porque no se lo podrá identificar); si se instala a protestar en un lugar público sin dejar circular libremente a las personas o vehículos, en fin, solamente podrá reunirse pacíficamente con sus amigos a conversar en un grupo pequeño en la calle (siempre y cuando no se desordenen mucho)… menos mal. 

Para informarse más, en este link puede descargar el proyecto de ley completo:


Además, otros artículos que informan sobre el tema, por supuesto, ninguno de un medio de prensa conocido.



1 comentario:

  1. Debe ser por la rápida gestión de esta modificación legal que todas las tomas se están bajando y que la convocatoria a marcha se haya ido a las pailas.
    Tengo hartas ganas de ir a Valparaíso! Y si voy a protestar para que la modificación a la ley no se lleve a cabo, ah? Quién me acompaña, total, la custión no va a correr sino hasta que salga publicada en el Diario Oficial, a no ser de que tenga valor retroactivo. Mientras tanto, a difundir. Buen artículo, Anotación Negativa, como siempre. Saludos

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